Inmigración

ICE, la policía, detención y deportación

Cuando interactúa con la policía y las autoridades de inmigración, particularmente cuando es un inmigrante indocumentado o hay inmigrantes indocumentados en su familia, debería saber cuáles son sus derechos y responsabilidades. Obtenga más información sobre lo que usted y su familia pueden hacer para prepararse.

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Es importante saber cuáles son sus derechos y responsabilidades al interactuar con la policía o agentes de la Patrulla Fronteriza o el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE).

Para prepararse, debería:

La policía y las autoridades de inmigración

Cuando interactúa con la policía y las autoridades de inmigración, tiene el derecho de:

  • Permanecer en silencio. Tiene el derecho de permanecer en silencio. Si quiere ejercer este derecho, dígalo en voz alta y luego permanezca en silencio. Cualquier cosa que diga se puede usar en su contra. Si la policía cree que usted cometió un delito, tiene que darles su nombre, dirección y fecha de nacimiento. No está obligado a compartir con ellos ninguna otra información.
  • Negarse a un registro. Negarse a que lo registren o que registren su carro o su casa.
  • Ser tratado con respeto. Tiene derecho a que la policía lo trate con respeto.
  • Irse. Si no lo han arrestado, tiene el derecho de irse con calma. Pregunte si tiene permiso para irse.
  • Obtener un abogado. Si lo arrestan y lo acusan de haber cometido un delito, tiene el derecho de obtener un abogado. Pida un abogado inmediatamente.

Mientras está en contacto con la policía o las autoridades de inmigración:

  • No hable sobre su situación inmigratoria. No responda a preguntas sobre su país de nacimiento, su ciudadanía o cómo entró en EE. UU. Su abogado es la única persona con la que debería hablar sobre su situación inmigratoria. Si la policía cree que usted cometió un delito, pregúntele a su abogado cómo su situación inmigratoria afectaría una condena penal o acuerdo de culpabilidad.
  • Mantener la calma. Manténgase siempre calmado y respetuoso.
  • Muestre sus documentos de inmigración válidos. La ley federal requiere que las personas que no son ciudadanas lleven consigo sus documentos de inmigración válidos. Si un agente de inmigración de la Patrulla fronteriza o ICE le pide sus documentos de inmigración, tiene que mostrar sus documentos válidos si los tiene. Si no tiene documentos de inmigración, no les muestre documentos falsos.
  • Lea todos los documentos cuidadosamente. Si necesita un intérprete, dígale al oficial o agente. Hable con un abogado antes de firmar cualquier cosa.
  • Anote los detalles. Cuando haya terminado su interacción, anote todo lo que recuerda sobre el encuentro, como por ejemplo la charola del oficial y los números de su carro de patrulla, de qué agencia eran los oficiales y otros detalles sobre el encuentro.

Si la policía o autoridades de inmigración aparecen en su casa:

  • No abra la puerta. Tiene el derecho de negarles el ingreso a menos que los oficiales tengan la orden judicial correcta. Una orden judicial es una orden firmada por el juez que da permiso a la policía o una agencia del orden a tomar una acción específica. SI los oficiales tienen una orden judicial, pídales que la deslicen debajo de la puerta o la apoyen sobre la ventana para que usted la pueda leer. En algunas situaciones de emergencia (como por ejemplo si una persona dentro de la casa pide auxilio o la policía está persiguiendo a alguien), los oficiales pueden entrar en su casa sin una orden judicial.
  • Lea la orden. Si el oficial le muestra una orden, léala con cuidado. Una orden de registro permite que la policía ingrese en la dirección que aparece en la orden sin permiso. Los oficiales solo pueden registrar la casa para buscar las cosas anotadas en la orden. Una orden de registro tiene que ser firmada por un juez. Si el oficial se lleva cualquier objeto de su casa, pida un recibo. Una orden de arresto penal permite que la policía ingrese en la casa de la persona nombrada en la orden si cree que se encuentra en la casa. Una orden de arresto penal tiene que ser firmada por un juez. Una orden de expulsión/exportación (“orden de ICE”) no permite que los oficiales ingresen en la casa sin consentimiento.
  • Permanezca en silencio. Tiene el derecho a permanecer en silencio (aunque los oficiales tengan una orden judicial). Si decide hablar con los oficiales, salga de la casa y cierre la puerta.

Órdenes de arresto y de detención inmigratoria

Si lo arrestan:

  • Pida hablar con su abogado o hacer una llamada telefónica.
  • Llame a un amigo o familiar de confianza. Llame a un amigo o familiar de confianza que tenga el número de teléfono de su abogado y su plan de emergencia.
  • Comuníquese con su consulado. Pida al agente que informe a su consulado que lo arrestaron. El consulado le puede ayudar a encontrar un abogado, de ser necesario. El consulado puede ayudarle a comunicarse con su familia.

Una orden de detención inmigratoria es un aviso que las autoridades de inmigración le dan a las fuerzas del orden cuando una persona potencialmente deportable se encuentra en la cárcel o prisión. La orden de detención les pide a las fuerzas del orden que lo mantengan bajo custodia por hasta 48 horas después de la fecha en que se lo debería poner en libertad por un cargo penal. Los sábados, domingos y días festivos no cuentan para el plazo de 48 horas. Cuando termina el plazo de 48 horas, lo deberían poner en libertad de inmediato. Si no lo liberan automáticamente, su abogado debería solicitar su liberación. Si las autoridades de la cárcel no pueden mantenerlo bajo custodia debido a sus cargos penales, es ilegal que lo detengan después del periodo de 48 horas.

Detención inmigratoria

Si está bajo detención inmigratoria, tiene el derecho de:

  • ser tratado con respeto;
  • recibir un manual para el detenido;
  • acceder a un abogado de su propio bolsillo y acceder materiales legales;
  • acceder a un teléfono;
  • recibir visitantes;
  • comunicarse con su consulado;
  • negarse a firmar documentos que no comprende;
  • escribir cartas;
  • participar en recreación;
  • practicar actividades religiosas;
  • acceder a fondos y bienes personales;.
  • recibir atención médica

Actuaciones de deportación y la corte de inmigración

Si se realizan actuaciones de expulsión (deportación) en su contra, o tiene que comparecer en la corte de inmigración, recuerde:

  • Tiene el derecho de tener un abogado. El gobierno no le proporciona un abogado para la corte de inmigración. Si no tiene un abogado, pida una lista de abogados gratis o de bajo costo.
  • Tiene el derecho de permanecer en silencio. Cualquier cosa que diga puede ser usado en su contra más adelante. Solo hable con su abogado.
  • Tiene el derecho a un intérprete. Si necesita que le traduzcan un documento, pida un intérprete. SI no habla inglés, tiene el derecho a un intérprete presente en su audiencia.
  • Tiene el derecho de presentar su caso ante un juez de inmigración. Si iniciaron actuaciones de deportación en su contra y no hay una orden activa de expulsión firmada por un juez, tiene el derecho de presentar su caso ante un juez de inmigración. Tiene el derecho a pedir una fianza. Una fianza es dinero que paga para que lo liberen de la detención de ICE mientras espera que se realice su audiencia. Si sigue todas las instrucciones le devolverán el dinero después de que termine su caso. Puede obtener más información sobre cómo pagar una fianza de inmigración a continuación.
  • Memorice su número de extranjero. Memorice su número de extranjero (“número ‘A’”) y déselo a su familia. Su número ‘A’ permitirá que su familia lo ubique.
  • Informe a la gente cómo puede localizarlo. Para ubicar a un detenido actualmente bajo custodia de ICE, o que fue liberado de la custodia de ICE en los últimos 60 días use el sistema localizador de detenidos en línea.  El sistema solo reconoce nombres exactos, así que es posible que tenga que probar varias versiones del nombre de una persona (como con y sin guion, o usar solo uno de sus nombres o apellidos)
  • Guarde sus documentos. Guarde todos los documentos emitidos en su nombre en un lugar seguro.

Fianza de inmigración

Para pagar la fianza de inmigración:

  • Decida quién va a pagar la fianza. La persona que hace el pago tiene que tener por lo menos 18 años de edad y mostrar un comprobante de ciudadanía o estatus de inmigración legal. La persona que paga es responsable por verificar que la persona que participa en las actuaciones de deportación comparezca a todas las audiencias y reuniones requeridas.
  • Llame al número de información sobre fianzas. Para obtener información sobre la fianza, llame al número de información sobre fianzas del establecimiento de detención del detenido. Pida hablar con el oficial de deportación a cargo del caso. Tiene que darle el apellido del detenido y su número de registro de extranjero (número ‘A’). Pregúntele al oficial de deportación cuál establecimiento de aceptación de fianza debería usar.
  • Pague la fianza. Pague la fianza en el establecimiento de aceptación de fianzas. correspondiente  Puede pagar la fianza con un giro postal, cheque certificado o cheque de cajero. Haga el pago a nombre de “U.S. Department of Homeland Security.”
  • Haga preguntas. Si tiene preguntas sobre las fianzas, llame al Centro de Gestión de Deudas del Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU. al (802) 288-7600.

Recursos del gobierno local y comunitarios

Encuentre cortes y recursos útiles en su comunidad.
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